DECRETO NACIONAL 333/2020 â€" 1/4/2020 (Descargar Decreto ingresando al título)
. Fija un Derecho de Importación Extrazona del 0% para mercaderías como alcohol, artículos de laboratorio y farmacia, guantes, desinfectantes, equipamiento y demás insumos sanitarios.
. Exime del pago de la tasa de estadística a las operaciones de importación de dichos bienes.
. Vigencia de la medida: desde el 2/4/2020 y mientras perdure la emergencia sanitaria.
Para ver el listado de mercadería ingresar al decreto AQUÍ y ver botón Anexo I